Asistencia de Mugeju al personal con síntomas de COVID-19 o que haya estado en contacto estrecho

A requerimiento de CCOO, la MUGEJU ha publicado en su página web la siguiente información sobre el COVID-19 que aclara las pautas a seguir en caso de mutualistas o beneficiarios con síntomas o que hayan estado en contacto estrecho con personas contagiadas:


¿Qué hacer si se tiene síntomas compatibles con COVID-19?

Si tiene síntomas compatibles con una infección respiratoria aguda de aparición súbita que cursa con fiebre, tos o sensación de falta de aire, dolor de garganta, pérdida de olfato, pérdida del gusto, etc, haya tenido o no contacto con personas que han sido diagnosticadas de COVID-19, permanezca en su casa, aíslese en su domicilio, no se desplace a un servicio de urgencias y:

* Si está adscrito al servicio público de salud de la Comunidad autónoma, póngase en contacto con los teléfonos habilitados por la Comunidad autónoma y siga sus instrucciones. 

* Si está adscrito a una Entidad Médica privada, póngase en contacto con el teléfono del Centro de coordinación de urgencias de su entidad Médica, para que evalúen su situación, practiquen las pruebas de detección del coronavirus que procedan y hagan el seguimiento de su situación. 

¿Qué hacer si no tiene síntomas compatibles con COVID-19, pero ha estado en contacto estrecho con una persona diagnosticada de COVID-19?

Se entiende por “contacto estrecho” cualquier persona conviviente o que proporciona cuidados o que tiene contactos físicos con un caso diagnosticado de COVID-19; cualquier persona que haya estado en el mismo lugar que un caso diagnosticado de COVID-19, a una distancia menor de dos metros y durante más de 15 minutos; cualquier persona situada en un radio de dos asientos alrededor de un caso diagnosticado de COVID-19, en un avión, tren, u otro medio de transporte.

La búsqueda e identificación de los contactos estrechos corresponde a los servicios de Salud Pública de las Comunidades Autónomas. Cuando a Salud Pública un médico notifica el diagnóstico de un caso de COVID-19, se pone en marcha un proceso de búsqueda e identificación de contactos estrechos, por lo que será Salud Pública de su Comunidad Autónoma la que se pondrá en contacto con la persona afectada independientemente de su adscripción al Servicio público de salud o a Entidad Médica privada, para determinar las medidas y las pruebas a realizar según los protocolos establecidos por la Comunidad Autónoma.

No obstante, y aunque no se recoja expresamente así en esta información de Mugeju, si transcurren dos días y no se recibe llamada de los Servicios Públicos de Salud la persona asintomática que haya estado en contacto estrecho deberá llamar los teléfonos específicos del servicio público de salud de su comunidad autónoma para que valore su caso, tanto si se ha elegido opción pública u opción de asistencia por entidad concertada.

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