CCOO se ha dirigido de nuevo a la Gerencia de la Mutualidad General
Judicial (Mugeju) reclamando:
1.- Se aborde en la próxima reunión de la Comisión Permanente,
prevista para el 30 de mayo, esta cuestión, y se estudie en la misma la
posibilidad inmediata de establecer topes de precios de forma similar al
proyecto en que está trabajando la Muface.
2.- Se adopten las iniciativas oportunas, junto con las otras dos
mutualidades, a fin de que las aportaciones por medicamentos de los
pensionistas de la Mugeju sea el mismo que el de los pensionistas de la
Seguridad Social, y se informe a la Comisión Permanente de la Mugeju y a su
Asamblea de las gestiones realizadas para la consecución de este objetivo, tan
demandado por nuestro colectivo.
Este es el texto completo que hemos enviado al
Gerente de Mugeju
Sr. Gerente de la
Mutualidad General Judicial
La Asamblea de la
Mutualidad General Judicial celebrada el pasado 24 de noviembre de 2017 aprobó la siguiente resolución, a propuesta
de los compromisarios y compromisorias de CCOO:
“La
Asamblea de la Mutualidad General Judicial reclama a las Cortes Generales la
modificación del artículo 102 del Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de
julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de garantías y uso
racional de los medicamentos y productos sanitarios, a fin de que las
aportaciones de los pensionistas de la Mutualidad General Judicial y sus
beneficiarios sea la misma que la de los pensionistas de la Seguridad Social y
sus beneficiarios.
La Asamblea denuncia el trato
discriminatorio que sufren nuestros pensionistas y sus beneficiarios, que tiene
que aportar con carácter general un 30 % del precio del medicamento cualquiera
que sea su nivel de renta, sin límite máximo de aportación mensual, lo que
puede poner en riesgo la salud de muchos pensionistas que no pueden afrontar el
pago de medicamentos precisamente cuando por sus circunstancias de edad y
estado de salud más lo requieren.
Copia de esta resolución, caso de ser
aprobada, será remitida al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e
Igualdad, así como a la Mesa del Congreso de los Diputados y del Senado y a la
Oficina del Defensor del Pueblo.”
Con anterioridad a esta resolución, han
sido numerosas las veces que la Asamblea de la Mutualidad General Judicial ha
aprobado resoluciones solicitando que nuestros pensionistas paguen por los
medicamentos lo mismo que los jubilados y pensionistas del Régimen General de
la Seguridad Social, sin que el Ministerio de Justicia ni la Mutualidad General
Judicial hayan hecho nada al respecto.
El artículo 102 del Real Decreto
Legislativo 1/2015 establece que la aportación
de los pensionistas de la Seguridad Social y sus beneficiarios es de un 10 %
del PVP, con excepción de aquellos cuya renta sea igual o superior a 100.000
euros al año. Y con el fin de garantizar la continuidad de los tratamientos de
carácter crónico y asegurar un alto nivel de equidad a los pacientes
pensionistas con tratamientos de larga duración, dicha norma establece que los
porcentajes generales estarán sujetos a topes máximos de aportación que oscilan
entre 8,23 € al mes, para pensionistas con ingresos inferiores a 18.000 € al
año; 18,52 € para pensionistas con ingresos entre 18.000 € y 100.000 € al año;
y 61,75 al mes, para pensionistas con ingresos superiores a 100.000 € al año.
Sin embargo, el nivel de aportación de los pensionistas
de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, el Instituto
Social de las Fuerzas Armadas y la Mutualidad General Judicial es el mismo que
el de mutualistas de las mismas en servicio activo, es decir, el 30 % con
carácter general. Y no existen topes máximos de aportación mensual, ni siquiera
para tratamientos de carácter crónico, en función de niveles de renta. No se
tiene ni siquiera en cuenta que en el
colectivo de pensionistas se concentran las mayores necesidades de
plurimedicación como consecuencia de la mayor incidencia de enfermedades
debidas a la edad o patologías que dan lugar a su incapacidad.
A ello hay que añadir que los mutualistas, además, tienen que abonar todos aquellos medicamentos
que están excluidos de la prestación farmacéutica del Sistema Nacional de Salud
y Farmacia, según listado aprobado por Resolución de 2 de agosto de 2012, de la
Dirección General de Cartera Básica de Servicios del Sistema Nacional de Salud
y Farmacia, por la que se procede a la actualización de la lista de
medicamentos que quedan excluidos de la prestación farmacéutica en el Sistema
Nacional de Salud, por lo que el gasto dedicado a medicamentos por los
pensionistas y jubilados de las tres Mutualidades es muy superior al gasto
efectuado por los pensionistas de la Seguridad Social.
No aparecen en la
Memoria de la Mutualidad General Judicial datos que permitan deducir el importe
satisfecho por los pensionistas y sus beneficiarios por el pago de medicamentos
incluidos en la prestación farmacéutica. Según datos obtenidos de la Muface, el importe medio anual de copago por
pensionista ascendió a 609,39€, cantidad que es muy superior al importe máximo
anual que tiene que pagar un pensionista de la Seguridad Social con ingresos
anuales entre 18.000 y 100.000 € (18.52 € al mes * 12 meses = 222,24 € máximos
al año). A ello hay que añadir el gasto de los medicamentos excluidos de la
prestación farmacéutica del Sistema Nacional de Salud, muchos de ellos de
consumo habitual, por lo que resulta evidente que el gasto que los pensionistas
de las mutualidades tienen que hacer para poder mantener su salud es muy
elevado y puede llevar a situaciones en que el mutualista no pueda afrontar su
coste.
En el año 2006 la Mutualidad General
Judicial proyectó una rebaja en las aportaciones de los pensionistas y
jubilados de la Mutualidad General Judicial al pago de los medicamentos, e
incluso llegó a preparar las recetas para implementar dicho proyecto, pero al
final éste no prosperó por la oposición del Ministerio de Economía y Hacienda.
En enero de este año CCOO mantuvo una
reunión con la Dirección de Muface para tratar este asunto. En dicha reunión,
según nos informan nuestros compañeros, la Dirección de Muface reconoció y compartió su
preocupación por este tema, e informó que estaban trabajando en una fórmula por
la que se puedan establecer un tope de precios de determinados medicamentos al
efecto de que el porcentaje de copago para los pensionistas no supere en efecto
el 17%.
Para CCOO los pensionistas de las tres mutualidades tienen que tener
las mismas obligaciones de abono por medicamentos que los pensionistas del
Régimen de la Seguridad Social. El coste de la prestación farmacéutica no puede
depender de la situación de partida del pensionista, (mutualista o
trabajador/ra del régimen general de la Seguridad Social), sino de un derecho a
la igualdad de condiciones en situaciones
comparables de necesidad, ya que viene a ser esta etapa de la vida donde
las necesidades de tratamientos farmacéuticos son más necesarias, y donde la
situación económica del pensionista necesita de una mayor cobertura para
garantizar un jubilación de calidad.
Es por todo ello por lo que solicitamos a la Gerencia de la Mutualidad
General Judicial:
1.- Se aborde en la próxima reunión de la Comisión Permanente,
prevista para el 30 de mayo, esta cuestión, y se estudie en la misma la
posibilidad inmediata de establecer topes de precios de forma similar al
proyecto en que está trabajando la Muface.
2.-
Se adopten las iniciativas oportunas, junto con las otras dos mutualidades, a
fin de que las aportaciones por medicamentos de los pensionistas de la Mugeju
sea el mismo que el de los pensionistas de la Seguridad Social, y se informe a
la Comisión Permanente de la Mugeju y a su Asamblea de las gestiones realizadas
para la consecución de este objetivo, tan demandado por nuestro colectivo.
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