. Se aumenta el nivel de ingresos para tener derecho a las ayudas de atención a personas mayores y se rebaja la discapacidad mínima al 65 %.
· Se recuperan las ayudas para la autonomía personal para personas con rentas superiores a 1023 € al mes y se incrementan las cuantías de las mismas, pero siguen estando reducidas al 50 % respecto de las cantidades del año 2012.
· Se incluyen de nuevo ayudas para tratamiento de alcoholismo
· La Mutualidad no atiende las propuestas hechas por CCOO, alegando insuficiencia presupuestaria para ello.
· La Mutualidad tiene margen presupuestario para recuperar gran parte de otras ayudas suprimidas o reducidas desde el 1.1.2013. CCOO espera que la Gerente cumpla su compromiso de hacerlo.
Aparece
publicada en el BOE de 19 de febrero de 2015, la Resolución de 10 defebrero de 2015, de la Mutualidad General Judicial, por la que se convocan
ayudas del programa del plan de atención socio-sanitaria. Por medio de esta resolución,
tal y como ha demandado reiteradamente la Asamblea de la Mutualidad General
Judicial a propuesta de CCOO, la Gerencia de la
Mutualidad General Judicial ha empezado a recuperar algunas de las ayudas
recortadas para estos programas desde enero de 2013, como consecuencia del
recorte brutal en la asignación presupuestaria para ellas, pasando de un
presupuesto para estos programas en el año 2012 de 1.893.690 € a un presupuesto
para el año 2015 de 327.130 €; es decir, el presupuesto para estos programas
de atención a las personas más necesitadas ha bajado desde el año 2012 un 82,73
%. Para que luego el Gobierno hable de “política social” y de salida de la
crisis.
Para
CCOO la recuperación de estas
ayudas es adecuada pero insuficiente. Adecuada a la vista de las
disponibilidades presupuestarias de estas ayudas específicas, si bien CCOO exige al Ministerio de Justicia que dote
adecuadamente la partida presupuestaria destinada a su pago hasta la
recuperación del 100 % de las ayudas existentes hasta el 1.1.2013. Sin embargo,
insuficiente pues existen además otras ayudas suprimidas o
recortadas desde dicha fecha (ayudas del fondo de acción social, ayudas
por prótesis y prestaciones complementarias, y ayudas por hospitalización
psiquiátrica, entre otras) para las que hay margen presupuestario más que
suficiente para recuperar gran parte de las ayudas suprimidas o reducidas desde
el 1.1.2013, tal y como ha demostrado CCOO en las últimas Asambleas. La
Gerente se comprometió en la última Asamblea a recuperar las ayudas en función
de las disponibilidades presupuestarias, pero ya han pasado dos meses y
seguimos igual. CCOO exige que la Gerente
cumpla su compromiso público hecho en la última Asamblea.
Pero
vayamos a las novedades, explicando brevemente en qué consiste cada ayuda
(pueden ser beneficiarios de
las mismas los mutualistas, los titulares no mutualistas y los beneficiarios
incluidos en el documento de afiliación de ambos), sus
condiciones y las mejoras habidas respecto del año anterior.
1.- Programa de atención a personas
mayores. Ayuda económica de carácter periódico
destinada a atender estados de necesidad de quienes han alcanzado una
determinada edad y que, como consecuencia de discapacidades psicofísicas, están
impedidos para el desenvolvimiento ordinario de la vida diaria y carecen de
recursos suficientes para hacer frente a dichos estados o situaciones.
Cuantía de la ayuda: 200 euros/mes.
Requisitos
para ser destinatario:
Que la persona destinataria tenga una edad igual o superior a 70 años y tenga reconocida
una discapacidad igual o superior al 65%.
Nivel
de ingresos máximo para poder tener derecho a la ayuda: 1.600 € por miembro de
la unidad familiar.
Diferencia
respecto del año pasado: el año pasado se exigía una discapacidad
mínima del 70 % y unos ingresos máximos de 1400 € por miembro de la unidad
familiar.
CCOO propuso que además, se
incluyese estas ayudas para las personas con edad igual o superior a 60 años
que tuviesen reconocida una disparidad del 75 % (hasta el 1.1.2013 tenían
derecho a estas ayudas las personas menores de 65 años pero mayores de 50 años
que tuvieran reconocida una minusvalía igual o superior al 75 %.). La
Mutualidad comparte nuestras razones, pero alega insuficiencia presupuestaria
para ello.
2 Programa de atención a personas con
discapacidad.
2.1
Ayudas para mantenimiento y potenciación de la capacidad residual. Ayudas
para contribuir a los gastos realizados
por los siguientes servicios:
a) Tratamientos de carácter
médico-funcional, dirigidos a evitar un mayor deterioro y, si fuera posible,
desarrollar las potencialidades físicas y sensoriales afectadas por la
discapacidad padecida.
b) Terapia de mantenimiento y
ocupacional.
c)
Estimulación precoz a los menores con discapacidad.
d)
Actividades formativas dedicadas a facilitar a la persona con discapacidad
psíquica o sensorial las habilidades adecuadas para su desenvolvimiento en la
vida diaria y familiar así como en los ámbitos social y laboral.
Cuantía
mensual de la ayuda:
Nivel de ingresos netos mensuales
por persona
–
Euros
|
Cuantía mes
–
Euros
|
Hasta
242 . . . . . . . . . . . . . . . . . .
|
400
|
De 243 a 482 . . . . . . . . . . . .
. . . .
|
340
|
De 483 a 722 . . . . . . . . . . . .
. . . .
|
280
|
De 723 a 1.022 . . . . . . . . . . .
. . .
|
220
|
De 1.023 a 1.322 . . . . . . . . . .
. . .
|
160
|
Más de 1.322 . . . . . . . . . . . .
. . . .
|
100
|
Diferencia respecto al año
pasado: se
aumenta en 40 € la cuantía mensual de la ayuda en el tramo de ingresos entre
243 y 482 € al mes por persona
2.2. Ayudas para la autonomía personal. Tienen por objeto:
a) Ayudas para la
eliminación de barreras arquitectónicas: Contribuir a la eliminación de barreras arquitectónicas para
facilitar a la persona con discapacidad el acceso y movilidad en su propia
vivienda, así como en las zonas comunes que afecten a la misma, en la parte que
corresponda. Las obras a realizar deberán ir destinadas a evitar dificultades
de maniobra o las existentes para salvar desniveles, para controlar el
equilibrio o para manipular elementos del inmueble.
Cuantía anual de
la ayuda:
Nivel de ingresos netos mensuales por persona
–
Euros
|
Cuantía anual en euros
|
||
Discapacidad
del 33% al 64%
|
Discapacidad
del 65% al 74%
|
Discapacidad
del 75% al 100%
|
|
Hasta 242 . . .
.. . . . .
|
770
|
1.210
|
1.650
|
De 243 a 482 . .
. . .
|
660
|
990
|
1.310
|
De 483 a 722 . .
. . ..
|
550
|
770
|
1.100
|
De 723 a 1.022 .
. . .
|
440
|
550
|
880
|
Más de 1.022 . .
. . ..
|
220
|
275
|
440
|
Diferencia respecto al año
pasado:
incremento de entre 40 y 150 € por tramo de ingresos y discapacidad. Incluye
ayudas para personas con ingresos superiores a 1022 € mensuales por persona.
b) Ayudas para medios
técnicos:
La potenciación de relaciones y comunicaciones de la persona con discapacidad
con su entorno a través de la utilización de medios o ayudas técnicas,
entendiéndose por tales los aparatos o utensilios diseñados para solucionar las
dificultades que la persona con discapacidad pudiera encontrar en la
realización de las actividades de la vida diaria.
Cuantía
anual de la ayuda
Nivel de ingresos netos mensuales por persona
–
Euros
|
Cuantía anual en euros
|
||
Discapacidad
del 33% al 64%
|
Discapacidad
del 65% al 74%
|
Discapacidad
del 75% al 100%
|
|
Hasta 242 . .
. . . . .
|
220
|
440
|
660
|
De 243 a 482 . .
. . .
|
154
|
341
|
528
|
De 483 a 722 .
. .
|
110
|
242
|
396
|
De 723 a 1.022 .
. . .
|
88
|
143
|
220
|
Más de 1.022 . .
. . .
|
44
|
68
|
110
|
Diferencia respecto al año
pasado:
incremento de entre 8 y 60 € por tramo de ingresos y discapacidad. Incluye
ayudas para personas con ingresos superiores a 1022 € mensuales por persona.
3. Programa
de atención a personas drogodependientes. Ayuda económica que tiene como
finalidad financiar, parcialmente, los gastos derivados por el ingreso del
beneficiario de la ayuda en centros especiales para seguir un tratamiento de
deshabituación por drogadicción, así como los tratamientos llevados a cabo por
un terapeuta individual especializado, que deberá poseer acreditación vigente.
Cuantía
de la ayuda: 50% del gasto acreditado mensualmente, con un máximo de ciento
cincuenta euros, que se reduce en un 10 % si los ingresos por persona de la
unidad familiar exceden de 800 € mensuales, y el 20 % si exceden de 1600 €
mensuales.
Diferencia
respecto del año pasado: se incluye en estas ayudas el tratamiento
del alcoholismo.
CCOO propuso que la cuantía inicial de la ayuda fuera del 50% del gasto acreditado
mensualmente, con un máximo de doscientos cincuenta euros. La Mutualidad no ha
aceptado la propuesta, justificando que en vez de ello han optado por ampliar la
prestación incluyendo al colectivo
afectado por el alcoholismo, que en la gestión cotidiana de la ayuda, según la
Mutualidad, es el que más afectado se ha visto por la restricción que implica
tal excepción. No obstante se compromete a estudiar nuestra propuesta cuando se
pueda afrontar una nueva reforma al alza de estas ayudas.
CCOO también
propuso que el plazo de presentación de solicitudes de estas ayudas se
extendiera hasta el 31 de diciembre, y no hasta el 1 de diciembre, pero por
motivos que desconocemos la Mutualidad mantiene como fecha límite de presentación
de solicitudes para estas ayudas el 1 de diciembre (apartado 3.5.3).
0 comentarios:
Publicar un comentario