PUBLICADA POR LA MUGEJU LA CONVOCATORIA DE AYUDAS DEL PLAN SOCIOSANITARIO PARA EL AÑO 2013. CCOO VUELVE A DENUNCIAR EL BRUTAL RECORTE ACORDADO POR EL GOBIERNO DE RAJOY, SUPERIOR AL 90 % DEL PRESUPUESTO


* La Resolución regula los Programa de atención a personas mayores, a personas con discapacidad y a personas drogodependientes para el año 2013.

* Se endurecen los requisitos para tener acceso a cualquiera de estas ayudas, cuya cuantía se reducen sensiblemente, debido a los extremos recortes presupuestarios impuestos por el Gobierno de Rajoy.

* Las ayudas cubren los gastos efectuados desde el 1.3.2013, por lo que quedan sin cubrir los gastos efectuados entre el 1.1.2013 y el 28.02.2013 por estos conceptos.

Aparece publicado en el BOE de 25 de marzo la Resolución de 8 de marzo de 2013, de la Mutualidad General Judicial, por la que se convoca la concesión de ayudas del Programa del Plan de Atención Socio-Sanitaria. Estos programas habían quedado derogadas por resolución de la Gerencia de la Mugeju de 21 de diciembre de 2012, y ahora se procede a la convocatoria de las mismas ayudas para el año 2013 con muy importantes modificaciones tanto en los requisitos para tener acceso a las mimas como en su cuantía. Ello es debido al brutal ajuste presupuestario impuesto por el Gobierno de Rajoy, habiendo pasado de un gasto por esta ayuda en el año 2011 de 1.800.000 €  a sólo disponer de 120.000 € para este año, lo que lleva a la Mutualidad General Judicial, en palabras de un representante del Ministerio de Justicia en la Asamblea celebrada el 26 de febrero de 2013, a “gestionar la miseria de su presupuesto”.

Ello  es prueba, una vez más, de la escasa sensibilidad que tiene este Gobierno con las personas más desfavorecidas y que mayor protección  y ayuda precisan, pues gran cantidad de personas que  precisaban de estas ayudas para cubrir parte de los gastos que tenían para ayuda a domicilio, apoyo domiciliario, estancia o servicios en residencia o en centros de día o de noche, servicio de teleasistencia, contratación de asistencia personal, cuidados en el entorno familiar o análogos, no van a poder pagarlos al carecer de ayuda alguna para ello: la Mutualidad calcula que las ayudas de atención a personas mayores sólo podrán llegar a unas 50 personas.


La Resolución sólo es aplicable a los gastos y situaciones producidos a partir del uno de marzo de dos mil trece, en contra de lo que solicitó CCOO en una enmienda a su borrador en que solicitamos que fuesen aplicables a todos los gastos producidos a partir del 1.1.2013. La Gerencia de la Mugeju justifica que no se cubran los gastos anteriores al 1 de marzo porque de otra forma no habría crédito presupuestario suficiente para pagar las ayudas, pero aun así CCOO considera que es completamente injusto que las personas que tienen derecho a estas ayudas, sobre todo las personas mayores cuyos requisitos para tener derecho a las mismas (más de 75 años y más del 75 % de minusvalía) ponen de manifiesto la gravedad de su situación, queden desprotegidas durante dos meses por el retraso en la publicación de esta Resolución, que debería haberse dictado al mismo tiempo que se derogaba la normativa anterior.

Para el reconocimiento de las ayudas es  preciso que la persona interesada formule la correspondiente solicitud, cumplimentando el impreso normalizado, que le será facilitado por las delegaciones Provinciales o los Servicios Centrales, o que se podrá descargar telemáticamente desde la página web de Mugeju www.mugeju.es, acompañando la documentación que se determina en la resolución. Las solicitudes pueden presentarse hasta el 1 de diciembre de 2013.

En resumen, los programas sociosantarios quedan regulados para el año 2013 de la siguiente forma:

1. Programa de atención a personas mayores.: 

Requisitos : Para ser destinatario de las ayudas económicas de este programa es necesario:
a) Que la persona destinataria tenga una edad igual o superior a 75 años.
b) Tener reconocida una discapacidad igual o superior al 75%.
c) Tener un nivel de ingresos netos mensuales por persona de la unidad familiar igual o menor a 793 euros.

Cuantía de la ayuda: La ayuda económica será de 200 euros/mes

2. Programa de atención a personas con discapacidad
2.1. Ayudas para el mantenimiento y potenciación de la capacidad residual

Requisitos
a) Estar afectado por un grado de discapacidad, igual o superior al 33%.
b) Informe del facultativo especialista, responsable de la asistencia al beneficiario de la ayuda que indique la necesidad de continuar con el tratamiento, presupuesto del centro y facturas originales.
c) Que las técnicas empleadas o las actividades desarrolladas para prestar dichos servicios no se encuentren incluidas en el concierto suscrito por MUGEJU con las Entidades Médicas.

Cuantía: En función del nivel de ingresos por persona de la unidad familiar, desde 400 € al mes para personas con ingresos mensuales inferiores a 242 €, hasta 220 € al mes para personas con ingresos mensuales no superiores a 1022 €

2.2 Ayudas para la autonomía personal (eliminación de barreras arquitectónicas, otras obras, medios o ayudas técnicas con el mismo objetivo)

Requisitos:
a) Estar afectado por un grado de discapacidad, igual o superior al 33%.
b) Acreditar la necesidad de las obras o la procedencia de los medios o ayudas técnicas, mediante informe detallado del facultativo especialista responsable de la asistencia del causante de la prestación.
c) En los supuestos de medios o ayudas técnicas, que estas no estén comprendidas en las prestaciones complementarias de la asistencia sanitaria de la Mutualidad General Judicial.
d) Estas ayudas tendrán un periodo de carencia de cuatro años.

Cuantía:
Para la eliminación de barreras arquitectónicas y obras, entre 400 € y 1500 €, en función del nivel de renta y grado de discapacidad, con renta mensual máxima por persona de la unidad familiar de 1022 €.
Para las ayudas para medios técnicos, entre 80 € y 600 €, en función del nivel de renta y del grado de discapacidad, con una renta mensual  máxima por persona de la unidad familiar de 1022 €.

3. Ayudas para atención a personas drogodependientes

Requisito: Precisar de un tratamiento integral de drogodependencia dirigido a la rehabilitación y a la reinserción socio-laboral, convenientemente prescrito por especialista, y acreditar gasto efectuado.

Cuantía: 50% del gasto acreditado mensualmente, con un máximo de ciento cincuenta euros, con un porcentaje de deducción de la ayuda del 10 % en caso de renta mensual por persona de la unidad familiar superior a 800 € y del 20 % en caso de renta mensual por persona de la unidad familiar superior a 1600 €.

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