Psicoterapia, Hospitalización Psiquiátrica, Catálogo de Material Ortoprotésico, Personas con discapacidad y drogodependientes

Aprobadas nuevas prestaciones de la MUGEJU La Gerencia de la Mutualidad General Judicial sigue en su tarea de ponerse al día y actualizar sus prestaciones, tras años de paralización, lo que sin duda hay que valorar positivamente. Tras el informe favorable de la Comisión Permanente celebrada el pasado mes de abril la Gerencia ha aprobado las siguientes resoluciones: - Resolución de la Mutualidad General Judicial de 16 de abril de 2008 (BOE de 29 de abril) , por la que se actualiza la Circular nº 73, en lo relativo a la ayuda por tratamiento de psicoterapia y otros tratamientos de apoyo psicológico, que tiene por objeto regular esta ayuda económica, que completa la atención a mutualistas y beneficiarios de la Mutualidad General Judicial cuando estos necesiten prolongar el tratamiento de psicoterapia a cargo de la entidad médica, previa cobertura por éstas de las sesiones iniciales, o en los casos de patologías excluidas de tratamiento obligatorio con cargo a la entidad médica, y ordena el procedimiento para su concesión, permaneciendo inalterado su importe. - Resolución de la Mutualidad General Judicial de 16 de abril de 2008 (BOE de 30 de abril), por la que se regula la ayuda por gastos de hospitalización psiquiátrica para mutualistas adscritos al INSS, que tiene por objeto igualar la situación de los mutualistas adscritos al INSS a la de los mutualistas acogidos a entidades privadas, de forma que se permita a los primeros elegir el centro en el que haya de producirse el internamiento y se reintegre por parte de MUGEJU la misma cuantía que se recoge en el concierto con las entidades médicas privadas, la cual, además, se actualizará anualmente con el mismo incremento que el que se recoja en cada concierto sanitario en vigor y en sus prórrogas. - Resolución de la Mutualidad General Judicial de 6 de mayo de 2008, pendiente de publicación en el BOE, por la que se regula la prestación ortoprotésica y se aprueba el catálogo de material ortoprotésico de la Mutualidad General Judicial. Esta resolución deja sin efecto la Circular 73 en lo relativo al baremo para prótesis. El objeto de esta Resolución es la aprobación del catálogo de material ortoprotésico por el que la Mutualidad concede ayudas para su financiación y de las condiciones de ésta. Para ello se ha elaborado un catálogo propio, con referencia y comparación a los catálogos ya existentes en las otras Mutualidades, y se ha optado por la mejor financiación del producto y el más corto o favorable periodo de renovación del mismo, mejorando las ayudas por prótesis ortopédicas contenidas en la Circular 73. - Resolución de la Mutualidad General Judicial, pendiente de publicación en el BOE, por la que se regulan los programas del Plan de Atención Socio Sanitaria relativos a personas con discapacidad y Atención a drogodependientes. Estos programas estaban pendientes de regulación desde 1997, y Asamblea tras Asamblea, los compromisarios de CC.OO. habían venido reclamando su implantación y desarrollo concreto, pese a que en parte eran cubiertos por el Fondo de Acción Social, sin que hasta la fecha se hubiera realizado. El Programa relativo a personas para discapacidad, que debe ser igual o superior al 33% o estar jubilado por incapacidad permanente, recoge dos tipos de ayudas: 1.- Ayudas para mantenimiento y potenciación de la capacidad residual, con el objeto de contribuir al pago de los gastos de tratamientos dirigidos a evitar un mayor deterioro; terapia de mantenimiento y ocupacional; actividades formativas dedicadas a facilitar el desenvolvimiento en la vida diaria y familiar así como en los ámbitos social y laboral; y estimulación precoz a los menores con discapacidad. La cuantía mensual de la ayuda, dependiendo de los ingresos de la unidad familiar, varía entre 100 y 400 €/mes, con el límite de la factura. 2.- Ayudas para la eliminación de barreras arquitectónicas y ayudas para medios técnicos. La cuantía anual de la ayuda varía dependiendo de los ingresos de la unidad familiar y del grado de incapacidad. El Programa de atención para drogodependientes tiene por objeto el pago de una ayuda económica mensual, durante un periodo de seis meses continuos o discontinuos con posibilidad de prorroga por otros seis meses como máximo dentro del mismo año, por el ingreso del mutualista o beneficiario en centros especiales para seguir tratamiento de deshabituación por drogadicción o alcoholismo, así como los tratamientos llevados a cabo por un terapeuta individual especializado, en régimen de reintegro de gastos.

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