La Asamblea extraordinaria de la Mugeju celebrada el 26 de febrero, cuya convocatoria fue solicitada principalmente de los compromisarios y compromisarias de CCOO, para debatir sobre los recortes en las prestaciones sanitarias, de asistencia social y sociosanitarias acordadas por la Gerencia de la Mutualidad General Judicial en diciembre de 2012, tuvo como conclusión la reprobación de la actuación de la Gerente, votada de forma casi unánime por la Asamblea. Y es que tras horas de tensa discusión y debate, las conclusiones de la Asamblea fueron evidentes:
1.- La Gerente de la Mugeju ocultó deliberadamente en la Asamblea de 30 de noviembre de 2012 las modificaciones que iba a realizar a finales del mes de diciembre en gran parte de las prestaciones, pues sólo anunció recortes en los programas sociosanitarios;
2.- La Gerente no ha sometido a informe de la Comisión Permanente o de la Asamblea de Compromisarios las resoluciones en virtud de las cuales se recortan y suprimen las prestaciones, por lo que no pudieron hacerse propuestas para evitar o moderar dichos recortes;
3.- y la Gerente se niega a remitir a los representantes de los mutualistas los informes económicos y estudios que dicen que se han realizado desde la Mutualidad para justificar los recortes y así ajustar el gasto al presupuesto de la Mugeju para el año 2013.
Con todo ello la Gerente de la Mutualidad, por mucha explicación bienintencionada que quiso hacer sobre la necesidad de hacer los recortes en las prestaciones, impide a los legítimos representantes de los Mutualistas en la Asamblea y en la Comisión Permanente su función de participación en el control y vigilancia de la gestión de la Mutualidad, y de supervisión general de la actividad de la Mutualidad que establece el Real Decreto 1206/2006, desvirtuando completamente las funciones de estos órganos y sólo nos deja a sus miembros el derecho al pataleo, y a aprobar resoluciones de condena a los recortes prácticamente unánimes que de poco valen.
La Asamblea tuvo tres partes bien diferencias:
la primera, una amplia explicación de la Gerente de la
Mutualidad de la necesidad de la supresión y modificación de prestaciones
acordadas por resoluciones de diciembre de 2013, motivados principalmente por
los recortes presupuestarios impuestos por el Gobierno del PP pero también, a
juicio de la Gerente, del exceso de gasto en otras ayudas, con lo que todas las
mejoras obtenidas en los años 2008-2009 han desaparecido, y estamos en una
situación similar o incluso peor que la del año 2007;
la segunda, con numerosas intervenciones de los
compromisarios y compromisarias, que de forma prácticamente unánime criticaron
tanto la ocultación de estos recortes a
la Asamblea de 30 de noviembre de 2012 y a su Comisión Permanente como la
necesidad misma de los recortes, ya que la Mugeju no ha querido remitir los
supuestos estudios e informes en que dicen que se han basado para acordar los
recortes. En este apartado debe resaltarse que es completamente inexacto lo
establecido en las resoluciones de 19, 21 y 26 de diciembre, según las cuales
dichas resoluciones se adoptaron por la Gerente tras informar a la Comisión
Permanente, pues a ésta se le informó tras la adopción de las mismas, y nunca
antes. En esta parte la Gerente fue incapaz de justificar por qué no se informó
a la Asamblea de 30 de noviembre de 2012 sobre los recortes que iba a acordar en
prestaciones sanitarias y de asistencia social, y por qué no quiere remitir a
los compromisarios y compromisarias de la Asamblea los estudios e informes
realizados desde la Mugeju que justifican estos recortes.
y la tercera, en la que se sometieron a votación las
propuestas de resolución presentadas únicamente por los compromisarios de CCOO
y CSI.F, incluyendo la reprobación de la Gerente de la Mutualidad, que fueron
todas aprobadas de forma prácticamente unánime.
A propuesta de CCOO la Asamblea aprobó lo siguiente:
PRIMERO.-
La Asamblea de la Mutualidad General Judicial rechaza la supresión y
modificación de prestaciones acordadas por las mencionadas resoluciones por
considerarlas injustas, desproporcionadas e indiscriminadas.
SEGUNDO.-
La Asamblea de la Mutualidad General Judicial denuncia y rechaza que apenas 20
días después de celebrarse la última Asamblea de la Mutualidad, sin someterse a
informe de la Comisión Permanente o de dicha Asamblea, y tras haberse aprobado
el Plan de Actuación de la Mutualidad para el año 2013 sin mención concreta
alguna de la necesidad de suprimir o modificar otras prestaciones que las de
carácter sociosanitario, la Gerencia de la Mutualidad General Judicial haya
acordado las resoluciones citadas, y exige a ésta mayor lealtad institucional
con los representantes de los Mutualistas en dichos órganos.
TERCERO.-
Exigimos que cualquier solicitud de prestación ahora modificada o suprimida que
haya tenido entrada en la Mutualidad General Judicial, bien en sus órganos
centrales o a través de sus delegaciones provinciales, antes del 1 de enero de
2013 sean tramitadas y concedidas de conformidad con la regulación vigente a 31
de diciembre de 2012.
CUARTO.-
La Asamblea insta a
la Gerente de la Mutualidad General Judicial y al Ministerio de Justicia a
realizar las oportunas actuaciones ante el Ministerio de Hacienda y
Administraciones Públicas con el fin de dotar de una partida suplementaria
(ampliación del crédito presupuestario) en el presupuesto de la Mutualidad para
el año 2013, para reponer el crédito minorado y volver a la situación a 31 de
diciembre de 2012 en cuanto a las partidas destinadas a las ayudas de nuestra
Mutualidad.
QUINTO.- Exigimos que cualquier proyecto de disposición de carácter
general que establezca, modifique o suprima prestaciones de la Mutualidad vaya
acompañada de una memoria económica en que se establezca el ahorro o el gasto
que supondrá dicha disposición, y se justifique su necesidad u oportunidad; y
que se someta tanto el proyecto como su memoria económica a informe previo de
la Comisión Permanente, de conformidad con lo dispuesto en el art.12,1 e) del
R. D. 1206/2006, de 20 de octubre, por el que se regulan la composición y
funciones de los órganos de gobierno, administración y representación de la Mutualidad
General Judicial.
SEXTO.- Reclamamos que, en caso de que un proyecto de disposición de
carácter general elaborado por la Gerencia de la Mutualidad que establezca o
modifique prestaciones que se aparte de lo aprobado en resolución por la
Asamblea de la Mutualidad General Judicial, se acompañe junto con los
documentos mencionados en el apartado anterior la justificación de por qué el
proyecto de disposición no se ajusta a lo aprobado por dicha resolución.
SEPTIMO.- Exhortamos a la Gerencia de la Mutualidad General Judicial a
defender con más ahínco ante el Ministerio de Justicia, el Ministerio de
Sanidad y el Ministerio de Hacienda y
Administraciones Públicas los derechos de los mutualistas, que cualquier
exención o reducción de aportación en prestación sanitaria que sea aplicable a
los trabajadores o beneficiarios del régimen general de la Seguridad Social lo
sea también para los mutualistas y sus beneficiarios, y la suficiencia
presupuestaria para garantizar sus prestaciones.
OCTAVO. La Asamblea de la Mutualidad General Judicial
exige al Ministerio de Justicia una mayor implicación en la defensa de los
derechos de los Mutualistas y en la suficiencia de su presupuesto para
garantizar todas sus prestaciones, y a sus representantes en la Comisión
Permanente un mayor trabajo y dedicación a la Mutualidad.
NOVENO.-
El Asamblea de la Mutualidad General Judicial exige al Ministerio de Justicia
que en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014 restablezca
a la Mutualidad General Judicial la suficiencia presupuestaria para poder hacer
frente a todas las prestaciones vigentes a 31 de diciembre de 2012, y a la
Gerencia de la Mutualidad General Judicial que se dicten las resoluciones
oportunas para el restablecimiento en iguales términos de las prestaciones
suprimidas o modificadas.
DECIMO.- Reclamamos de la Gerente y del Presidente de la
Mutualidad General Judicial el compromiso, adquirido en esta Asamblea General
de 26 de febrero de 2013, de que cualquier
acuerdo adoptado por mayoría por la misma en esta o en futuras
convocatorias será respetado literalmente ante el Ministerio de Justicia, ante
el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas y en general ante
cualquier Administración, y en este sentido, defenderán lo acordado en las
Asambleas de la Mutualidad General Judicial. La propuesta de cualquier
resolución o disposición de carácter general que sea contraria a lo acordado
por la Asamblea, o de cualquier restricción presupuestaria que conlleve la
supresión o disminución de las ayudas no podrán ser avaladas ni por la Gerente
ni por el Presidente de la Mugeju sin antes ser consultada la Comisión
Permanente y convocada la Asamblea.
A continuación se resume cómo han quedado las diversas
prestaciones, debiendo poner de manifiesto que cada una viene determinada por
las partidas establecidas en la Ley de
Presupuestos Generales del Estado para el año 2013, aprobado por el Gobierno
del Partido Popular, que con los brutales recortes en los
programas sociosanitarios coloca a los mutualistas mayores y discapacitados sin
apenas posibilidad de ayuda por parte de la Mugeju.
Prestaciones por prótesis y otras prestaciones sanitarias
complementarias (programa 312E)
El
presupuesto se reduce un 0,14 % respecto del año 2012. En el año 2012 se gastó
en prótesis y prestaciones complementarias poco más de 4.000.000 €, y la
asignación presupuestaria para el año 2013 es de 3.647.040 €. Para
cubrir este déficit, y sin presentar informe económico o estudio alguno que
justifique tantos recortes, se suprimen las ayudas por cirugía refractara,
férulas dentales y órtesis de pie; se suprimen las ayudas por transporte y
acompañamiento del enfermo, y vacunación del VPH; se rebajan entre un 10 y
un 40 % la mayoría de prestaciones dentarias, entre un 5 y un 18 % algunas
prestaciones oftalmológicas, y se establecen limitaciones para ayudas de
colchones antiescaras.
La Mugeju utiliza el criterio de la inexistencia de la ayuda en las otras Mutualidades de forma totalmente arbitraria para justificar la supresión de ayudas: la MUFACE mantiene las ayudas de termalismo y podología, o tiene ayudas para celíacos sin límite de edad; ISFAS la ayuda al transporte y gastos de acompañante, o la cirugía refractaria.
CCOO además no comparte la justificación de la supresión o modificación de muchas de estas ayudas. ¿Cuál era el coste de gestión de la ayuda de transporte y acompañante, considerado desproporcionado por la Resolución de 19 de diciembre de 2012?. ¿Qué actuaciones se han hecho desde la Mutualidad para reducir el coste de gestión de esta ayuda? ¿Se considera que la disminución del precio de la cirugía refractaria es motivo suficiente para suprimir esta ayuda, cuando su coste sigue siendo muy elevado? ¿Se ha estudiado la posibilidad de conceder esta ayuda en función de la renta o de los ingresos del beneficiario de la misma? ¿Cuáles son la necesidades reales del colectivo a que se hacen referencia en la Resolución de 19 de diciembre que justifican la priorización y reordenación de las prestaciones dentarias y oftalmológicas? ¿Cuáles de estas ayudas han sido actualizadas, según informa dicha resolución, cuando no consta que ninguna de ellas cueste ahora menos que hace uno año y ninguna se ha modificado al alza?
La Mugeju utiliza el criterio de la inexistencia de la ayuda en las otras Mutualidades de forma totalmente arbitraria para justificar la supresión de ayudas: la MUFACE mantiene las ayudas de termalismo y podología, o tiene ayudas para celíacos sin límite de edad; ISFAS la ayuda al transporte y gastos de acompañante, o la cirugía refractaria.
CCOO además no comparte la justificación de la supresión o modificación de muchas de estas ayudas. ¿Cuál era el coste de gestión de la ayuda de transporte y acompañante, considerado desproporcionado por la Resolución de 19 de diciembre de 2012?. ¿Qué actuaciones se han hecho desde la Mutualidad para reducir el coste de gestión de esta ayuda? ¿Se considera que la disminución del precio de la cirugía refractaria es motivo suficiente para suprimir esta ayuda, cuando su coste sigue siendo muy elevado? ¿Se ha estudiado la posibilidad de conceder esta ayuda en función de la renta o de los ingresos del beneficiario de la misma? ¿Cuáles son la necesidades reales del colectivo a que se hacen referencia en la Resolución de 19 de diciembre que justifican la priorización y reordenación de las prestaciones dentarias y oftalmológicas? ¿Cuáles de estas ayudas han sido actualizadas, según informa dicha resolución, cuando no consta que ninguna de ellas cueste ahora menos que hace uno año y ninguna se ha modificado al alza?
Prestaciones
económicas del Mutualismo Administrativo (programa 222M)
El recorte presupuestario impuesto por el Gobierno del PP
afecta al subsidio por jubilación, programas sociosanitarios y ayudas por
gastos de sepelio, reduciendo su presupuesto en cerca de un 85 %.
Subsidio por jubilación: Establecido en la actualidad en el Reglamento del Mutualismo Judicial como dos veces la última nómina, y sin que se abone a los jubilados voluntarios tras la aprobación de dicho Reglamento, la dotación presupuestaria para el año 2013 sólo cubre una cuarta parte del presupuesto necesario para su abono. Por ello la Mugeju va a proponer la modificación del Reglamento del Mutualismo Judicial, de forma que al final su regulación sea similar a establecida en la MUFACE, en la que se establece esta ayuda en función de las disponibilidades presupuestarias (este año es la mitad de la última nómina).
Protección sociosanitaria: Esta ayuda incluye la atención a personas mayores, a personas con discapacidad y drogodependencia. En junio del año pasado ya se suspendieron las ayudas por podología y termalismo básico. Este año, debido al brutal recorte del Gobierno del PP en las partidas destinadas a estos programas, sólo va a haber 120.000 € para las ayudas del 2013, cuando el gasto en el año 2011 por estos programas fue superior al 1.800.000 €. La Gerencia de la Mugeju derogó todas estas ayudas con efectos 1.1.2013, dejando a las personas mayores con discapacidad sin ninguna ayuda, y anunció una nueva regulación, que debía haber propuesto al tiempo que derogaba la anterior.
Subsidio por jubilación: Establecido en la actualidad en el Reglamento del Mutualismo Judicial como dos veces la última nómina, y sin que se abone a los jubilados voluntarios tras la aprobación de dicho Reglamento, la dotación presupuestaria para el año 2013 sólo cubre una cuarta parte del presupuesto necesario para su abono. Por ello la Mugeju va a proponer la modificación del Reglamento del Mutualismo Judicial, de forma que al final su regulación sea similar a establecida en la MUFACE, en la que se establece esta ayuda en función de las disponibilidades presupuestarias (este año es la mitad de la última nómina).
Protección sociosanitaria: Esta ayuda incluye la atención a personas mayores, a personas con discapacidad y drogodependencia. En junio del año pasado ya se suspendieron las ayudas por podología y termalismo básico. Este año, debido al brutal recorte del Gobierno del PP en las partidas destinadas a estos programas, sólo va a haber 120.000 € para las ayudas del 2013, cuando el gasto en el año 2011 por estos programas fue superior al 1.800.000 €. La Gerencia de la Mugeju derogó todas estas ayudas con efectos 1.1.2013, dejando a las personas mayores con discapacidad sin ninguna ayuda, y anunció una nueva regulación, que debía haber propuesto al tiempo que derogaba la anterior.
La Gerencia de la Mugeju ha elaborado una propuesta de resolución que regule estas ayudas para el año 2013, condicionada por la
escasa dotación presupuestaria, en virtud de la cual:
§
Se
pagarían sólo los gastos realizados a partir de la aprobación de la
resolución.
§
Se
establece un nivel mínimo de renta por persona de la unidad familiar de 793 €
al mes para su solicitud.
§
Las
ayudas a personas mayores quedarán en 200 € al mes, y sólo se concederán a las
personas mayores de 75 años que tengan
una minusvalía superior al 75 % (sólo unas 50 personas).
§
Se
reducirían a la mitad las ayudas por discapacidad, y también las ayudas por
drogodependencia.
Esta propuesta ha sido sometida a informe de la Comisión
Permanente, y se aprobará en breve plazo.
Dado que es inevitable el recorte de estas ayudas por los
recortes aprobados por el Gobierno del PP, CCOO reclamó que al menos estas
ayudas cubran los gastos efectuados en el año 2013 y no sólo a partir de la
aprobación de la nueva Resolución (pues si no se quedarían entre 2 y 3 meses sin
cubrir incluso supuestos de más extrema necesidad) y que se adapten las ayudas
al máximo a la partida presupuestaria, de forma de que se pague lo más posible.
No obstante CCOO presentó enmiendas al proyecto en la Comisión Permanente
previa a la Asamblea que, evidentemente, estarán en función de las disponibilidades presupuestarias de
esta ayuda.
Ayudas
por gastos de sepelio: se
reducen a 250 € cuando el fallecido es mutualista y a 150 € cuando el fallecido
es beneficiario.
Fondo de
asistencia social: La Mutualidad ha reducido las
ayudas por el fondo de acción social a las ayudas por alimentación especial
(celiacos menores de 18 años, reduciéndola además a 200 € al año), enfermos
crónicos y oncológicos, a los que también se les establecen limitaciones de gasto.
Desaparecen las ayudas por adopción de menores y medicinas alternativas,
y las ayudas extraordinarias quedan al arbitrio de la Gerente, con un máximo de
200 € salvo situaciones excepcionales.
En el año 2012 hubo por primera
vez más gasto para estas ayudas que el presupuestado, lo que ha servido de
excusa a la Gerencia de la Mugeju para reducir en exceso estas ayudas sin
acompañar informe económico o estudio alguno que justifique su
modificación. No sabemos qué va a pasar
con ayudas que se daban con cargo a este programa, para intervenciones quirúrgicas, pruebas diagnósticas, rehabilitación
general y psicopedagógica, estimulación precoz y psicomotriz, y terapias y
tratamientos diversos (mesoterapia, etc).
A nuestro juicio, la aplicación
estricta de la nueva norma supondrá que
existiendo remanente en la misma habrá muchas prestaciones médicas o
asistenciales, no reguladas en ninguna otra ayuda pero de mucha importancia
para el mutualistas, que quedarán sin cubrir.
Ayuda subsidiación de préstamos : sigue suspendido para el
año 2013, al carecer de dotación presupuestaria.
Ayudas psicoterapia e internamientos psiquiátricos: En el año 2012 se
disparó el gasto en la ayuda por internamiento psiquiátrico, por lo que se
precisaba un cierto ajuste. Sin embargo, sin informe económico o estudio que lo
justifique, se rebajan las ayudas máximas en 2/3, se establece un nivel de
rentas para tener derecho a las mismas, y un límite de 15 sesiones en las ayudas por psicoterapia y
logopedia, lo que sin duda resulta excesivo.
En la Asamblea un compromisario de Cantabria criticó que se
establezcan niveles de renta para poder tener derecho a las ayudas por personas
mayores, discapacidad, psicoterapia e internamiento psiquiátrico, ya que
quienes más cobran (jueces y fiscales, principalmente) no tendrán derecho a
estas ayudas cuando son los que mayores cotizaciones pagan a la Mugeju. Olvidó,
o ignora este compromisario, que la
aportación de los mutualistas sólo supone el 25 % de los ingresos de la
Mutualidad; que el otro 75 % lo aporta el Estado, en función del número de
mutualistas y benefiarios con independencia del Cuerpo o carrera al que
pertenecen; que dado el bajo número de jueces y fiscales en comparación con los
funcionarios de los Cuerpos al servicio de la Administración de Justicia la
Mugeju existe y se mantiene gracias a estos últimos, principalmente; y que en
tiempo de escasez presupuestaria, cuando lo que se está administrando es la
escasez de recursos, es lógico y normal que las ayudas de carácter asistencial
vayan dirigidas principalmente a quienes menos ingresos tienen.
CCOO, al final de la Asamblea, solicitó que la Revista de la
Mutualidad informe de forma veraz sobre lo sucedido en esta y las demás
asambleas, y se publiquen las resoluciones aprobadas por la misma para
conocimiento de todos los mutualistas, lo que sin duda es bastante más
importante que sus afamados concursos de pintura.
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