Sobre la vacunación de la Gripe A

El Area de Farmacia de la Mutualidad General Judicial ha remitido una Circular a las Delegaciones Provinciales de la Mutualidad referente al procedimiento para que los Mutualistas y Beneficiaros de la Mugeju incluidos en los grupos de riesgo puedan ser vacunados de la Gripe A. De momento sólo es posible para los llamados “grupos de riesgo”, que según resolución del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud son los siguientes:
·Trabajadores sanitarios y parasanitarios: tanto de atención primaria como hospitalaria, pública y privada, así como el personal de residencias de la tercera edad y centros de atención a enfermos crónicos. · Trabajadores de servicios públicos esenciales: fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, bomberos, servicios de protección civil, personas que trabajan en los servicios de emergencias sanitarias y trabajadores de instituciones penitenciarias y de centros de atención al refugiado e inmigrantes.
. Mujeres embarazadas. · Adultos y bebés mayores de 6 meses, con un alto riesgo de complicaciones derivadas de la infección por el virus pandémico por sufrir alguna de las siguientes patologías: o Enfermedades cardiovasculares crónicas (excluyendo la hipertensión). o Enfermedades respiratorias crónicas (incluyendo displasia broncopulmonar, fibrosis quística y asma moderada-grave persistente). o Diabetes mellitus tipo I y tipo II con tratamiento farmacológico. o Insuficiencia renal moderada o grave. o Hemoglobinopatías y anemias moderadas o graves. o Asplenia. o Enfermedad hepática crónica avanzada. o Enfermedades neuromusculares graves. o Pacientes con inmunosupresión (incluida la originada por infección por VIH o por fármacos o en los receptores de trasplantes). o Obesidad mórbida (índice de masa corporal igual o superior a 40). o Niños y adolescentes, menores de 18 años, que reciben tratamiento prolongado con ácido acetilsalicílico, por la posibilidad de desarrollar un síndrome de Reye.
De momento no se considera grupo de riesgo, y por tanto no son susceptibles de ser vacunados a costa de las Entidades Médicas, Mutualidades o Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas, los funcionarios de la Administración de Justicia, pese a que en la última Asamblea de la Mutualidad General Judicial se aprobó que se tomara en consideración que algunos de estos funcionarios, en especial a los que trabajan en la jurisdicción penal.
Conforme a dicha Circular, los Mutualistas y Beneficiarios que, estando incluidos en los grupos de riesgo, pertenezcan a los Servicios Públicos de Salud de las Comunidades Autónomas y quieran ser vacunados simplemente tienen que ir al Centro de Salud que les corresponda, y seguir las instrucciones que les proporcionen. En cuanto a los Mutualistas y Beneficiarios que, estando incluidos en los Grupos de Riesgo, pertenezcan a las Entidades Aseguradoras (ADESLAS, SANITAS, ASISA, MAPFRE, CASER, DKV Y NUEVA EQUITATIVA) y quieran ser vacunados, hay que distinguir entre dos grupos: 1.- los residentes en zonas rurales de menos de 20.000 habitantes, que reciben la atención primaria a través de los Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas, que deben dirigirse al Centro de Salud que habitualmente le presta asistencia, y seguir las instrucciones que se les proporcionen. 2.- los demás mutualistas, que deben acudir al médico que normalmente les atiende, quien deberá rellenar el “Informe médico para la vacunación de personas pertenecientes a Mutualidades” que aparece en el siguiente link: INFORME MEDICO PARA GRIPE A En estos últimos casos, una vez rellenado el citado Informe médico, hay que distinguir entre los siguientes grupos de mutualistas y beneficiarios, según sea la Comunidad Autónoma de residencia:: 2.1. - Los que residan en las Comunidades Autónomas de: ANDALUCIA, ISLAS BALEARES, NAVARRA Y CANTABRIA, una vez dispongan cumplimentado de informe médico anteriormente señalado se deben dirigir al Centro de Salud del Servicio de Salud de la Comunidad Autónoma más próximo a su domicilio, identificarse con el documento de afiliación de MUGEJU, y seguir las instrucciones que se les faciliten para proceder a la vacunación. 2.2. - Los que residan en el resto de Comunidades Autónomas, una vez que dispongan del modelo cumplimentado de informe médico se deben dirigir al Centro de Vacunación más próximo de la Entidad Médica Aseguradora a la que pertenezcan, y seguir las instrucciones que se les faciliten para proceder a la vacunación. Si la Entidad Médica, no dispone de Centros de Vacunación deben acudir al Centro de Salud del Servicio de Salud de la Comunidad Autónoma más próximo a su domicilio, donde presentarán cumplimentado el modelo de informe médico, identificarse con el documento de afiliación de MUGEJU, y seguir las instrucciones que se les faciliten para proceder a la vacunación. Para resolver otras dudas hay que dirigirse a la Delegación Provincial de la Mutualidad , los servicios centrales de ésta, en Madrid o a través de la página web de la Mutualidad General Judicial.

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