El Ministerio de Justicia y la Gerente de la Mutualidad se reafirman en aprobar una rpt de la Mugeju en la que se busca dificultar el acceso a los puestos de órganos centrales, para así seguir privilegiando a quienes desde hace lustros ocupan estas plazas como interinos

El Ministerio de Justicia ha anunciado a las organizaciones sindicales que van a proceder a aprobar la relación de puestos de trabajo (en adelante RTP) de la Mugeju elaborada por el Ministerio, y que lo único que busca, ante la obligatoriedad de aprobar dicha RPT a la vista de los varapalos judiciales recibidos como consecuencia del recurso interpuesto por CCOO contra su decisión de no sacar a concurso las plazas vacantes en órganos centrales y delegaciones provinciales de la Mugeju el año pasado, es dificultar que funcionarios y funcionarias de carrera ocupen las plazas de órganos centrales, convirtiendo su inmensa mayoría en puestos singularizados. Es decir, se blindan casi todos los puestos de servicios centrales para imposibilitar su ocupación por las y los trabajadores de la Administración de Justicia en los concursos de traslado o en la OEP.

Lo del personal de la Mugeju ya va para escándalo mayúsculo, con la complicidad de un gobierno socialista y supuestamente progresista (de la Gerente, mejor no hablar). La Mugeju fue durante años la oficina de colocación de amigos y familiares de altos representantes de la magistratura, que cuando no podían enchufar a sus allegados como interinos en órganos judiciales pedían favores para que lo hicieran en la Mugeju. Había coche oficial en la Mugeju que se destinaba a otros menesteres privados completamente ajenos al servicio de este organismo. Hasta bien entrado el siglo XX había personas adscritas formalmente a la Mugeju, cobrando del Ministerio de Justicia, pero que no trabajaban en la Mugeju. Cuando por fin llegó a la Mugeju un Gerente ajeno a la Administración de Justicia que, escandalizado, intentó poner orden en el personal que servía en los órganos centrales, se topó con los de siempre, empezando por los altos dirigentes, de forma que siempre obstaculizaban la elaboración y aprobación de la rpt de la Mugeju porque de esta forma se evitaba tener que sacar a concurso sus numerosas plazas vacantes y cubiertas por interinos e interinas durante lustros. Resulta absolutamente sorprendente que más de 30 años después de la aprobación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la Función Pública, que establece la obligatoriedad de toda administración de ordenar sus puestos de trabajo mediante rpts, prácticamente el único organismo de ámbito estatal en toda España que no la tiene aprobada es la Mutualidad General Judicial. 

CCOO, durante casi dos décadas y en solitario (pues las demás organizaciones sindicales han mirado casi siempre hacia otro lado), ha estado reclamando que se dejara de vulnerar la legalidad, y que se procediera a la elaboración y aprobación de las rpts, y consiguiente oferta de sus vacantes en concurso de traslados. Hartos de las palabras y supuestas buenas intenciones de los gobiernos de turno, con motivo de la convocatoria de un concurso de traslados  decidimos llevar el asunto a los tribunales de Justicia, que nos dieron la razón en las dos instancias: todas las vacantes deben salir a concurso ordinario de traslados, en tanto en cuanto los puestos no sean singularizados. 

Acuciados por las exigencias de los Tribunales, el Ministerio de Justicia y la Gerente de la Mugeju elaboraron y remitieron en enero de este año un borrador de rpt de la Mugeju en el que, descaradamente, hacían mención a dichas sentencias para justificar que TODOS los puestos de trabajo de la Mugeju, tanto en los órganos centrales como en las delegaciones provinciales, fueran singularizados, estableciendo un perfil tan técnico en los mismos (esencialmente el conocimiento de determinados programas informáticos que sólo se conocen por quienes en la práctica lo utilizan) que prácticamente nadie puede optar a dichos puestos. Escandaloso, no hay ningún órgano administrativo en España que todos sus puestos de trabajo sean singularizados. CCOO se opuso a dicho borrador, del que adjuntamos enlace Primer Borrador RPT, para vergüenza de sus autores, y remitió sus alegaciones. 

A la vista de las alegaciones presentadas por CCOO y otras organizaciones sindicales, el Ministerio de Justicia y la Gerente de la Mugeju modificaron algo el proyecto inicial este mes de febrero (enlace, segundo borrador), para establecer que todos los puestos de las delegaciones provinciales serán genéricos (es decir, podrán ser cubiertos mediante concurso ordinario de traslados) así como los puestos de Auxilio Judicial de órganos centrales, pero mantiene como singularizados todos los puestos de trabajo de Gestión y Tramitación de órganos centrales, para evitar su cobertura mediante concurso de traslados y obligar a su oferta en concurso específico, que vaya usted a saber cuándo lo convocarán (porque el nuevo borrador no establece fecha alguna al respecto). Objetivo, que quienes ocupan desde hace lustros como interinos los puestos de trabajo de la Mugeju en órganos centrales puedan seguir haciéndolo, si puede ser hasta su jubilación. El Presidente de la Mugeju estará contento. 

CCOO volvió a formular alegaciones al nuevo borrador, y así las presento en la reunión celebrada con la Gerente y el Subdirector de Medios Personales del Ministerio de Justicia el pasado 19 de febrero, tal y como hemos informado en el blog de CCOO. Algunas tan obvias que deberían causar sonrojo en quien haya elaborador el borrador:

- Se pretende que todos los puestos de personal administrativo (según la propuesta de RPT de la gerente), que ascienden en servicios centrales a más del 78,7 % del total, sean singularizados. No existe precedente alguno de una RPT en que los puestos administrativos sean singularizados.

- si tan singularizados son los puestos de trabajo de la Mugeju, los complementos específicos de esos puestos singularizados no deberían ser iguales a los de los puestos genéricos, y sin embargo el borrador de rpt, pese a exigir una supuesta cualificación para estos puestos singuralizados, les retribuye con el mismo complemento específico que en los puestos genéricos. No hay precedentes en los que los puestos singularizados no tengan retribución superior a los genéricos, tampoco en las decenas de RPT constituidas por el Ministerio de Justicia en su ámbito de competencias con la Oficina Judicial.

- si tan singuralizados son los puestos de trabajo, cómo es posible que la Gerente de Mugeju y el Ministerio de Justicia hayan permitido que el personal de carrera de Mugeju haya accedido a puestos de trabajo de este organismo sin requisitos previos mediante comisiones de servicio o concurso de traslados, y ahora se establezcan requisitos imposibles para estos mismos compañeros/as si no estuvieran trabajando en la actualidad en el organismo.

Además el Ministerio de Justicia y la Gerente de la Mugeju ocultan datos esenciales para poder elaborarse la rpt: todos los datos de la plantilla actual, desglosada, a) entre personal titular, interino o de refuerzo; b) por la adscripción de cada persona a cada servicio o sección; c) detalle de sus retribuciones totales, incluidas las prolongaciones de jornada, planes de actuación, gratificaciones; d) su forma de acceso a la Mugeju (por concurso de traslado, por acceso mediante bolsa de trabajo,..…), e) fecha del acceso de cada persona a la Mugeju; f) requisitos si los hubo en su acceso a la Mugeju… Datos que son imprescindibles para poder abordar una negociación que pretende crear una RPT en la que casi todos los puestos de servicios centrales se pretenden singularizar (lo que nunca han sido hasta ahora), con requisitos imposibles de cumplir por trabajadores/as de Justicia externos en la actualidad a la Mugeju. Se pone de manifiesto que Ministerio y Gerencia de Mugeju tienen algo que ocultar cuando no facilitan toda la información requerida por CCOO. Tenemos la convicción de que existen intereses ocultos para mantener una RPT que vulnera gravemente los principios de igualdad, mérito y capacidad.

CCOO exige que se deben ser genéricos todos los puestos de las Delegaciones provinciales y todos los puestos de personal administrativo de sección o servicio de todos los cuerpos (incluidos los puestos de secretaría de dirección) de los servicios centrales. Pero el Ministerio de Justicia y la Gerente hacen caso omiso a nuestra exigencia y ya han anunciado que van a aprobar la rpt conforme su última propuesta. De esta forma el Ministerio de Justicia y la gerente de Mugeju dan unilateralmente por negociada en esta reunión una RPT plagada de irregularidades, blindando los puestos de trabajo de los servicios centrales con el único objeto de impedir su ocupación por el personal de la Administración de Justicia por el sistema de provisión ordinario (concursos de traslado y OEP).

CCOO advierte que va a denunciar e iniciar todas las actuaciones necesarias para que la relación de puestos de trabajo responda a los cánones de legalidad establecidos en la LOPJ y en la normativa de función pública, pues la rpt debe responder a los principios de igualdad, mérito y capacidad, y no buscar consolidar privilegios. Que vergüenza, señora Ministra de Justicia.

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