Como
complemento de la información dada en el post relativo a los recortes de
determinadas prestaciones de la Mutualidad, pasamos a informar sobre las cuestiones más
relevantes tratadas en la reunión de la Comisión Permanente de la Mutualidad
General Judicial celebrada el pasado 13 de julio.
Fiscalización
del Tribunal de Cuentas
El Tribunal de Cuentas ha llevado a cabo en las tres
Mutualidades una fiscalización de la gestión de las prestaciones económicas por
incapacidad. Respecto de la llevada a cabo en la Mutualidad General
Judicial, se tiene constancia que en su informe el Tribunal de Cuentas pondrá
de manifiesto, como crítica a la gestión de la Mugeju en esta materia, la existencia
de pluralidad de órganos de gestión de personal encargados del seguimiento y
control de la incapacidad, y que no se realizan seguimientos externos de dicha
situación hasta transcurridos 24 meses salvo algunas comunidades. Por todo ello
la Gerente de la Mutualidad planteó la posibilidad
de hacer una encomienda de gestión del control de la incapacidad a partir del
séptimo mes al INSS, al igual que hace la
MUFACE.
Recetas de
medicamentos.
Dado que las recetas antiguas dejarán de poder utilizarse
desde el 23 de enero de 2013, CCOO solicitó que se establezca un programa para
que los mutualistas que tienen recetas anteriores a las establecidas en el Real
Decreto 1718/2010 puedan proceder a su cambio ordenado antes de dicha fecha, a
fin de evitar tanto el colapso en el cambio de recetarios en las últimas fechas
previas a 23 de enero de 2013 como que los mutualistas, por desconocimiento,
sigan con recetarios antiguos a partir de dicha fecha y cuando tengan que
solicitar una receta médica no se la puedan expedir por no tener recetarios
nuevos.
Información
sobre recortes en prestaciones.
Sin perjuicio de lo ya dicho en otro post sobre el recorte
de las prestaciones, CCOO reclamó que la
Mutualidad elabore notas informativas, con lenguaje sencillo,
sobre las modificaciones en las prestaciones derivadas de nuevas normativas
estatales en materia de medicamentos. Dichas notas deberían colgarse en la
página web de la Mutualidad
y ser remitidas a las Delegaciones Provinciales. En especial se solicitó una
primera nota informativa sobre en qué afecta a la prestación farmacéutica de
los mutualistas el Real Decreto Ley 16/2012 (se mantiene el pago del 30 % para
todos los mutualistas, incluidos, jubilados, etc)
Próximo copago por productos dietéticos
Propuesta del Gobierno de suspensión de determinadas
prestaciones en el año 2013
El
Gobierno ha remitido a las tres Mutualidades su anteproyecto de presupuesto
para la LPE 2013; el
gobierno propone suspender durante el año 2013 para las tres mutualidades el
reconocimiento y abono de los subsidios por jubilación y de defunción y las
ayudas por gastos de sepelio. La Mugeju se va a
oponer a la suspensión de estas prestaciones. El ahorro sería de 640.000 €
respecto del subsidio de jubilación y 470.000 € por la ayuda por sepelio; la Mugeju no tiene subsidio por
defunción.
Prestaciones del Fondo de Acción Social
Elecciones
a Compromisarios de la
Asamblea de la Mutualidad.
CCOO reiteró la necesidad de
modificación del Real Decreto 1206/2006, a fin de que garantizar la mayor
representatividad posible de los distintos Cuerpos y Carreras de la Administración de
Justicia en la
Asamblea de la
Mutualidad y su Comisión Permanente en proporción a su número,
así como nuestra apuesta por la elección libre y democrática de los
compromisarios de la
Asamblea de la
Mutualidad , frente a cualquier proyecto en que se pretenda su
designación directa por el CGPJ, Consejo del Secretariado, FGE y organizaciones
sindicales, sin que en ningún caso el coste de celebrar elecciones, que se hace
cada 4 años en cada Comunidad Autónoma, sea excesivo.
También CCOO ha vuelto a solicitar
a los representantes del Ministerio de Justicia la modificación de la Orden de 16 de junio de 1982,
que regula dicho proceso, a fin de que pueda establecer como mínimo una Mesa
Electoral en cada centro de trabajo con censo superior al menos de 200
trabajadores en cada una de las circunscripciones electorales, debiendo poder
colocar urnas, por tanto, en todos los centros de trabajo más importantes; y se
modifique el sistema del voto por correo, para garantizar que tanto la
solicitud como el ejercicio del voto se ejerce efectivamente por el mutualista
y se respeta lo establecido en la normativa general electoral que debe garantizar
la libertad de voto, libre, directo y secreto que no se ha garantizado en las
elecciones a compromisarios (no existe control sobre quién solicita el voto, se
pone como domicilio para enviar la votación a locales sindicales, se permite la
presentación del voto en la mesa por tercera persona, etc).
Circular 87, sobre afiliación a la Mutualidad y beneficiarios de la
misma.
CCOO
valoró la elaboración de dicha circular en los aspectos que venimos reclamando
desde hace mucho tiempo por este sindicato, sobre todo para clarificar el
procedimiento de altas y bajas de beneficiarios, normalmente hijos de
mutualistas, tras cruces de datos con la Seguridad Social.
No
obstante, CCOO no comparte algunos de los puntos de dicha Circular, y
propusimos la modificación y aclaración de la misma en lo relativo a la
condición de beneficiarios de los hijos de mutualistas que realizan estudios en
el extranjero, mejora del procedimiento para pasar a ser mutualistas por título
derivado, que se reconozca la condición de beneficiario a los hijos de
mutualistas que hayan agotado las prestaciones por desempleo y no figuren
inscritos como demandantes de empleo, que se regule el procedimiento de opción
de beneficiarios por diversos regímenes sanitarios y que en los procesos de baja
como beneficiarios como consecuencia de cruces de datos la fecha de baja no
tenga carácter retroactivo, a la fecha de alta en el RGSS. La Mutualidad estudiará
las propuestas. Podéis tener acceso a la propuesta de CCOO en el siguiente
enlace Propuesta de modificación de Circular 87.
Recurso presentado por CCOO contra el Reglamento del Mutualismo Judicial
Todo ello,
así como la contestación dada por la
Abogacía del Estado a la demanda, basada principalmente en
las apreciaciones que se le han hecho desde la propia Mutualidad General
Judicial, pone de manifiesto que la Comisión Permanente nunca
informó sobre el proyecto del Reglamento del Mutualismo Judicial. La Abogacía del Estado confunde
información con informe, y pretende que con la información que se ha dado en la Comisión Permanente sobre el
iter procedimental de dicho Reglamento por la Gerente o los representantes del
Ministerio de Justicia (faltaba este u otro informe, está paralizado en no sé
donde...), siempre a preguntas de los compromisarios, se supla la falta de
informe sobre su contenido, que tal y como aparece en el expediente
administrativo nunca se realizó. No se está ante una “pelea de bar”, como
desafortunadamente calificó algún compromisario perteneciente a otra
organización sindical la demanda de CCOO de que el Reglamento sea informado,
sino de algo tan fundamental como la
vulneración de un trámite esencial que es que la Comisión Permanente , de la
que forman parte 6 compromisarios de la Asamblea en representación, en
definitiva, de todos los mutualistas, informe sobre el contenido del texto
legal que regula ni más ni menos todas las prestaciones a las que tenemos
derecho los mutualistas, y ese informe no existe porque no se ha solicitado ni
se ha prestado. Que dicho informe sea o no preceptivo para aprobar el
Reglamento es cuestión que tendrá que dilucidar el Tribunal Supremo.
Ruegos y
preguntas.
CCOO, en
nombre de todos los compromisarios de la Asamblea de la Mugeju , solicitó una vez más el envío
de la documentación de la
Comisión Permanente , con mayor antelación, en formato
electrónico, a todos los compromisarios y no solo a los miembros de la Comisión Permanente , a fin de
que aquéllos puedan hacer llegar sus propuestas, y que se informe a todos los
compromisarios sobre lo tratado en dicha Comisión.
También
preguntamos cómo iba a quedar el subsidio por incapacidad temporal ante la
reforma de las retribuciones a percibir en caso de incapacidad temporal por
parte de los mutualistas. Tanto la Gerente como los
representantes del Ministerio de Justicia manifestaron desconocer el alcance de
dicha reforma (se iba a anuncia en el Consejo de Ministros de ese día), si bien
la Gerente anunció
que seguro que implicaría modificación de dicho subsidio.
CCOO
solicitó que se realice una campaña de difusión de la página web de la Mugeju y del Portal del
Mutualista Mutualnet, animando a los mutualistas para solicitar las
prestaciones a través de dicho Portal. Los representantes del Ministerio de
Justicia ofrecieron a la
Mutualidad su presencia en la feria SIMO, dentro del stand que
va a tener el Ministerio de Justicia. Solicitamos que se den hojas informativas
a todos los mutualistas cuando vayan a las delegaciones provinciales sobre la
página web y el Portal, así como que desde la propia página web de la Mugeju se anime a utilizar
Mutualnet.
CCOO
solicitó, y se ha remitido y enviado a todos los compromisarios, una circular
interna relativa a las indemnizaciones que perciben los funcionarios
colaboradores de la
Mugeju. Dicha circular no contiene, pese a que solicitamos
información al respecto, cuál es el procedimiento de designación y
funcionamiento de los funcionarios colaboradores para aquellas provincias en
que las Delegaciones Provinciales no cuentan con personal propio de la Mugeju o solo tienen un
funcionario, que para CCOO deber ser inexcusablemente una convocatoria pública
y atendiendo a criterios objetivos, a fin de que podamos darle difusión y se
pueda incrementar el número de funcionarios colaboradores donde sea preciso,
principalmente para la cobertura de permisos y vacaciones de los funcionarios
titulares. Parece ser que la propuesta de nombramiento de funcionarios
colaboradores debe venir del Delegado Provincial, pero no creemos que haya
inconveniente alguno para que los compromisarios de cada Comunidad autónoma
puedan proponer el nombramiento de funcionarios colaboradores allá donde se
precisen.
Por último
se dio cuenta sobre la existencia de ciertos fraudes en prestación por odontología, al haber
llegado a nuestro conocimiento que hay algunos casos de dentistas que facturan
servicios prestados a beneficiarios como servicios prestados a mutualistas, o
por servicios dentales superiores a los realmente prestados. Se comentó que
sería bueno que el INSS asumiera igualmente la inspección médica, para el
control de posibles fraudes.
0 comentarios:
Publicar un comentario